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Ordenanza Nº 1959/1989 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1959/1989
1
1989-03-15
123/1989

ARTICULO 1°: El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Bienestar Social, realizará un programa de educación, difusión, y esclarecimento de prevención de la enfermedad conocida como S.I.D.A.(Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida), dirigido a integrantes de equipos de salud, educadores, y población en general.
ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, por la misma vía, elaborará una cartilla informativa que sintetice las normas de prevención e higiene que se difundirán preferentemente a:
1) Establecimientos escolares primarios y secundarios.
2) Centros Asistenciales del Distrito.
3) Reparticiones públicas nacionales, provinciales y municipales.
4) Instituciones de Bien Público.
ARTICULO 3°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a implementar todas las iniciativas tendientes a la divulgación del tema.
ARTICULO 4°: El Departamento Ejecutivo requerirá de las autoridades nacionales y provinciales del área salud la más completa información sobre esta enfermedad, procurando la constante actualización de la investigación científica de que se dispone y los criterios de tratamiento en el aspeco ético y humano.
ARTICULO 5°: Cúmplase, regístrese, archívese.
Cirilo M. Gómez - Secretario - Roberto Oscar Oribe - Presidente.
 

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