Código |
Tipo |
Fecha |
Ref Expediente |
Cuerpo |
Firma |
|
1
|
|
|
ARTICULO 1: Páguese al personal de planta permanente y superior jerarquizado de la Municipalidad de 25 de Mayo, una bonificación especial no remunerativa de Australes Doscientos Cincuenta mil (A 250.000.-) que no estará sujeta al pago de los aportes y contribuciones previsionales. ARTICULO 2°: En base a la grave y coyuntural situación económica en que se desenvuelve la economía nacional, a la aplicación amplia de lo dispuesto en el Decreto Provincial N° 2123/89 y en relación a aqeullos contratados cuyos contratos de locación de servicio contengan cláusulas de ajuste en relación al incremento del salari del empleado municipal y con carácter de excepción por esta única vez, procédase a modificar las retribuciones pactadas en dichos contratosadicionándoseles por el mes de febrero de 1991, la suma de Australes Doscientos Cincuenta Mil (A 250.000.-) y a abonársele a los referidos contratados la precitada suma como un adicional por única vez, de excepción y no remunerativa. ARTICULO 3°: Quedan excluidos de los alcences de esta Ordenanza los profesionales de la carrera médico hosítalaria, personal docente y aquellos contratados no contemplados en el artículo anterior. ARTICULO 4°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a imputar los gastos que oigine la presente Ordenanza, a la siguiente partida del Presupuesto de Erogaciones en vigor: 1.1.1.3.6.4. "Bonificación no remunerativa en finalidad 1 a 6": ARTICULO 5°: Derógase total o parcialmente, según sea el caso, en el sentido y con los alcances establecidos en la presente, toda norma que se oponga a ésta. ARTICULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
|
Raúl A. Marsilio - Secretario Ad Hoc - Miguel Angel Di Salvo - Presidente.
|
|