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Ordenanza Nº 2138/1992 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2138/1992
1
1992-01-13
03/1992

ARTICULO 1°: Establécese un régimen especial de facilidades de pago de las deudas vencidas al 31 de diciembre de 1991, de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.
ARTICULO 2°: El régimen que se instituye por la presente Ordenanza, tendrá vigencia hasta el 8 de Junio de 1992, inclusive.
ARTICULO 3°: La deuda de los contribuyentes se determinará de la siguiente manera: la cantidad de cuotas adeudadas por el valor de la última cuota vencida al momento de efectivizar los pagos a que se hace referencia en el artículo siguiente.
ARTICULO 4°: Durante el período de vigencia de la presente Ordenanza, el contribuyente podrá cancelar una o más cuotas adeudadas, al valor de la cuota vigente al momento del pago.
En el supuesto que los contribuyentes cancelen cuotas en distintos momentos de la vigencia de la presente Ordenanza, los pagos se imputarán comenzando por las cuotas adeudadas de mayor antigüedad.
ARTICULO 5°: Los contribuyentes cuyas deudas se encuantren en curso de discusión administrativa o judicial, podrán acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza, renunciando a toda acción y hacerse cargo de las costas y demás gastos incurridos hasta el momento del acogimiento.
Los contribuyentes acogidos al régimen de facilidades de pago establecido por la ordenanza 2108, que se encuentren cumpliendo regularmente la misma, podrán optar entre:
a) Continuar con el régimen de la precitada norma.
b) Adherirse a lo determinado en la presente ordenanza.
ARTICULO 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Rubén P. Iturria - Concejal - Carlos Emilio Mosconi - Presidente.
 

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