Código |
Tipo |
Fecha |
Ref Expediente |
Cuerpo |
Firma |
|
1
|
|
45/1992
|
ARTICULO 1°: Convalídase el Convenio firmado entre la Municipalidad de Veinticinco de Mayo, representada en ese acto por el Sr. Intendente Municipal Dr. Miguel Angel Di Salvo, por una parte; y la Empresa Social de la Energía de la Provincia de Buenos Aires S. A. (ESEBA S. A.), por la otra; por el cual esta última tenderá una línea eléctrica para dotar del servicio de alumbrado público a vecinos de las calles 304 entre las de 17 y 202 de esta Ciudad, el que como anexo único se agrega a la presente y pasa a formar parte integrante de esta Ordenanza. ARTICULO 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a imputar el gasto que origine el cumplimiento del artículo anterior a la siguiente partida del presupuesto de Erogaciones en vigor: 2.5.2.27. "AMLIACIÓN RED DE ALUMBRADO PUBLICO". ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
|
Oscar Atilio Baquini - Secretario Legislativo - Carlos Emilio Mosconi - Presidente.
|
|