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Ordenanza Nº 2281/1993 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2281/1993
1
1993-11-22
115/1993

ARTICULO 1°: Establécese para el personal de planta permanente, que iuntegren los cargos funcionales y no funcionales establecidos en la Ordenanza N° 1825, un incremento del seis con sesenta y tres por ciento (6,63 %), sobre las remuneraciones vigentes por cargo, a partir del 1° de Noviembre de 1993.
ARTICULO 2°: El sueldo mínimo queda fijado en la suma de Pesos trescientos ($ 300,00), con lo cual queda configurado el sueldo básico.
ARTICULO 3°: Fíjanse los gastos de representación del Señor Intendente Municipal en la suma de Pesos un mil seiscientos ochenta y dos con ochenta y ocho centavos. ($ 1682,88)
ARTICULO 4°: Quedan excuídos los alcances de esta Ordenanza los Profesionales de la Carrera Médico Hospitalaria, Personal Docente y Contratado.
ARTICULO 5°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a imputar lkos gastos que origine el cumplimiento de la presente Ordenanza, a las siguientes Partidas del Presupuesto de Erogaciones en vigor:
1.2.1.1.1.1.1.1. a 5 y 7.
1.2.1.1.1.1.3.6.
1.2.2.1.1.1.1.1.2. y 5.
1.2.2.2.1.1.1.1.5.6.8.9. y 12.
1.2.2.3.1.1.1.1.2.3.4.5.6.7.8.9. y 12.
1.2.3.1.1.1.1.1. a 6.
1.2.3.2.1.1.1.1.2.4. y 6.
1.2.4.1.1.1.1.1.2. y 4.
1.2.5.1.1.1.1.1.1. a 5. y 12.
1.2.5.3.1.1.1.1.6. y 7.
1.2.6.1.1.1.1.1.1.
ARTICULO 6°: Derógase total o parcialmente, según sea el caso, toda norma que se oponga a ésta.
ARTICULO 7°. Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Oscar Atilio Baquini - Secretario Legislativo - Carlos Emilio Mosconi - Presidente.
 

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