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Ref Expediente |
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1
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90/1996
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ARTICULO 1°: Convalídase el Convenio celebrado oportunamente entre la Municipalidad de 25 de MAyo, representada en ese acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Miguel Angel Di Salvo; por una parte; y el Ministario de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, representado en esa oportunidad por la Sra. Directora Provincial de Arquitectura, dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas, Arq. Elsa Núñez; por la otra; dentro del Programa "ACER - SALUD N° 90", el que tiene por objeto la ejecución de la obra de "CONSTRUCCION DEL LABORATORIO DE BROMATOLOGIA" en la ciudad de Veinticinco de Mayo, cuyas cláusulas y condiciones quedan establecidas en el mismo, el que se agrega como anexo únicoy pasa a formar parte de la presente Ordenanza. ARTICULO 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las imputaciones, adecuaciones y/o modificaciones presupuestarias que sean menester para su cumplimiento. ARTICULO 3°: Derógase la Ordenanza N° 2227/92 y toda norma que se oponga a la presente. ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Juan Carlos D' Carlo - Secretario Legislativo - Dr. Julio César Unanue - Presidente
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