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Ref Expediente |
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1
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70/1996
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ARTICULO 1°: Compénsense los excesos en las partidas del Presupuesto de Gastqos del Ejercicio 1995, que se detallan en el Anexo I, que forma parte de la presente Ordenanza, en la suma de Pesos Ciento cincuenta y dos mil cuarenta y dos con noventa y tes centavos ( $ 152.042,93). ARTICULO 2°: La compensación que se dispone en el artículo anterior, se financiará con economías de partidas del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 1995, según detalle que surge del Anexo II, que integra la presente Ordenanza, por la suma de Pesos Ciento CIncuenta y dos mil cuarenta y dos con noventa y tes centavos ( $ 152. 042, 93) ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Juan Carlos D' Carlo - Secretario Legislativo - Dr. Julio César Unanue - Presidente
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