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Ref Expediente |
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1
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87/1996
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ARTICULO 1°: Convalídase en todos sus términos el Decreto N° 227/96 del Departamento Ejecutivo, por el cual se confiere, "ad referéndum" del Honorable Concejo Deliberante , a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, el premiso de uso y ocupación gratuita, con carácter precario y por el término de cinso(%) años, a partir de la fecha de sanción de la presente Ordenanza, de una fracción de terreno de dominio público municipal individualizada catastralmente como: Circunscripción: I; Sección: F; Quinta: 103; parte de las parcelas: 3-c y 3-d; con una superficie de 1.312,77 mt2s. para ser utilizado únicamenteen la construcción del edificio destinado al funcionamiento del Jardín de Infantes N° 911, con las cláusulas y limitaciones establecidas en la normativa citada, la que se agrega como anexo único y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza. ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Juan Carlos D' Carlo - Secretario Legislativo - Dr. Julio César Unanue - Presidente
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