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Ref Expediente |
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1
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03/1996
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ARTICULO 1°: Convalídase en todos sus términos, el Convenio firmado oportunamente entre la Municipalidad de 25 de Mayo, representada en ese acto por el Sr. Intendente Municipal Dr. Miguel Angel Di Salvo, por una parte; y la "Unidad Ejecutora y Coodinadora del Progama Familia Propietaria" (Decreto N° 2510/94) de la Provincia de Buenos Aires, representada por el Sr. Presidente Dn. Santiago Aníbal MAGGIOTTI, en adelante "La Unidad Ejecutora", por la otra; el cual tiene por finalidad dar soluciones habitacionales dignas a los habitantes del Partido de 25 de Mayo, mediante el acceso a un lote de terreno propio, con la asistencia del Estado Provincial, de acuerdo con una planificación racional y políticas de desarrollo y crecimiento urbano proyectado en forma conjunta con la Municipalidad, el que se agrega como anexo único y pasa a formar parte integrante de la presente, con las cláusulas y condiciones establecidas en el mismo. ARTICULO 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las imputaciones, adecuaciones y/o modificaciones presupuestarias que sean menester para su cumplimiento. ARTICULO 3°: Derógase la Ordenanza N°2399/95. ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Juan Carlos D' Carlo - Secretario Legislativo - Dr. Julio César Unanue - Presidente
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