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Ordenanza Nº 2417/1996 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2417/1996
1
1996-03-29
33/1996

ARTICULO 1°: Dispónese la habilitación al uso público en forma obligatoria, de los baños existentes en los inmuebles municipales.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Juan Carlos D' Carlo - Secretario Legislativo - Dr. Julio César Unanue - Presidente
 

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