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Ordenanza Nº 2472/1997 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2472/1997
1
1997-02-17
214/1997

ARTICULO 1°: Dónase al Instituto de la Viviendade la Provincia de Buenos Aires con carácter definitivo y gratuito, las tierras designadas catastralmente como:
1) CIRCUNSCRIPCION I, SECCION D, MANZANA 237, PARCELA 3. (Correspondiente a Barrio PYM - de 10 viviendas de calle 3 y 23).
2) CIRCUNSCRIPCION I, SECCION A, MANZANA 20, PARCELA 8c. (Correspondiente a Barrio PYM - de 10 viviendas de calle 17 y 34)
3) CIRCUNSCRIPCION I, SECCION C, MANZANA 207, PARCELA 2. (Correspondiente a Barrio ATEPAM - de 13 viviendas de calles 16 y 24).
4) CIRCUNSCRIPCION I, SECCION F, MANZANA 136 d. (Correspondiente a Barrio Emergencia Habitacional - 27 viviendas de calle 301, 16 y 17)
5) CIRCUNSCRIPCION I, SECCION B, MANZANA 103, PARCELA 4. (Correspondiente a Barrio PROCASA IV - 4 vivendas de calle 1 y 31.
6) CIRCUNSCRIPCION IV, SECCION K, QUINTA 5. (Correspondiente a Barrios Solidaridad, Novios y Abuelos - 40 viviendas de la localidad de Norberto de la Riestra)
7) CIRCUNSCRIPCION I, SECCION F, MANZANA 136b, PARCELA 1. (Correspondiente a Barrio PROCASA III - 23 viviendas de calle 16 y 17 - 19 y 301).
8) CIRCUNSCRIPCION I, SECCION F, MANZANA 136 b, PARCELA 1. (Correspondiente a Barrio PROCASA IV - de 4 viviendas de calle 301 entre 16 y 17)
9) CIRCUNSCRIPCION I, SECCION F, MANZANA 120 a, PARCELA 1. (Correspondiente a Barrio PROCASA IV - 8 viviendas de calle 29 entre 102 y 103)
10) CIRCUNSCRIPCION I, SECCION F, MANZANA 120 b, PARCELA 1. (Correspondiente a Barrio PROCASA IV - 8 viviendas de calle 29 entre 103 y 104)
11) CIRCUNSCRIPCION X, SECCION A, MANZANA 27, PARCELA 1. (Correspondiente a Barrio Centro Serv. Rurales - 4 viviendas de calle Paso y Malvinas de la Localidad de Valdés).
12) CIRCUNSCRIPCION I, SECCION F, QUINTA 139, FRACCION I. (Correspondiente a Barrio Parque - 28 viviendas de calle 301 entre 10 y 12 de 25 de Mayo).
ARTICULO 2°: Los gastos que demanden la Escrituración Traslativa de Dominio correrán por cuenta de ese organismo.
ARTICULO 3°: Esta donación se efectúa con cargo al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y/o a la Provincia de Buenos Aires para que otorguen las escrituras públicas de los títulos de propiedad a cada uno de los titulares o poseedores de las viviendas de los distintos planes habitacionales radicados en los inmuebles objeto de la presente, en forma gratuita.
ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Juan Carlos D'Carlo - Secretario Legislativo - Dr. Julio César Unanue - Presidente
 

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