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134/1998
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ARTICULO 1°: Declárase Sector de Urbanización especial al inmueble designado catastralmente como Circunscripción XII - Sección A - Manzana 4, Superficie 10.659,42 m2, Inscripción de Dominio N° 65829, folio 282, año 1934, de la Localidad de Del Valle, partido de 25 de Mayo. ARTICULO 2°: El bien inmueble declarado como Sector de Urbanizaciónespecial a que se hace referencia en el Artículo anterior, será destiinado únicamente al asentamiento de viviendas dentro del marco del Plan Familia Propietaria. ARTICULO 3°: Se establece para el Sector de Urbanización Especial los siguientes indicadores urbanísticos: F.O.S.: 0,6 F.O.T.: 0,8 DENSIDAD: 300 habitantes por hectárea. DIMENSIONES MINIMAS DE LOS LOTES: FRENTE: 10,00 M. SUPERFICIE: 250 M2. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA: Agua Corriente. Alumbrado Público. Energía eléctrica domiciliaria. Apertura, abovedado y alcantarillado de calles. Desagües pluviales del futuro loteo. ARTICULO 4°: Derógase, según sea el caso y con los alcances previstos en le presente Ordenanza, toda norma que se oponga a ésta. ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Oscar Atilio Baquini - Secretario Legislativo - Julio César Unanue - Presidente
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