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Ordenanza Nº 2695/2001 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2695/2001
1
2001-11-12
120/2001

ARTICULO 1°) - Se establece como sentido único de circulación las siguientes calles de la Localidad de Norberto de la Riestra:
a) Calle E. Quesada: sentido de circulación de Sur a Norte.
b) Calle Islas Malvinas: Sentido de circulación de Norte a Sur.
ARTICULO 2°) - Sobre la calle P. Zaballa, entre Sarmiento e H. Yrigoyen se permitirá el estacionamiento solamente sobre la mano Oeste.
ARTICULO 3°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Arq. Luis Arturo Fallet - Secretario Legislativo - Dr. Guillermo Horacio Faviano - Presidente
 

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