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Ordenanza Nº 2734/2002 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2734/2002
1
2002-11-11
143/2002

ARTICULO 1°) - Convalídase el convenio celebrado "ad referéndum" del Honorable Concejo Deliberante, entre la Provincia de Buenos Aires, representada en ese acto por el Sr. Gobernador Ing. Felipe Carlos SOLA y su Ministro de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Ing. Raúl RIVARA, en adelante "La Provincia" por una parte; y las Municipalidades de 25 de Mayo, 9 de Julio, Bolívar e Hipólito Irigoyen, representadas por los Sres. Intendentes Municipales D. Mariano Horacio GRAU, Dr, Oscar Bernardo ORMAECHEA, Dr. Juan Carlos SIMON y Dr. Enrique TKACIK, por la otra, en adelante "Las Municipalidades" el que tiene por objeto realizar la obra de "CANALIZACION, HACIA SANTOS UNZUE, CANAL ARTOLA, DRENAJE RURAL COLONIA EL MORO Y REPARACION TERRAPLENES CANAL LA ESTRELLA" en jurisdicción de los Partidos mencionados, con las cláusulas y condiciones que se establecen en el mismo, el que se agrega como anexo único y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2°) - Facúltase al Departamento Ejecutivo a crear la partida presupuestaria destinada a tal fin.
ARTICULO 3°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Mario César Farace - Secretario Legislativo - Dra. Gloria Mabel Argañaraz - Presidente
 

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