gototopgototop
Ordenanza Nº 2710/2002 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2710/2002
1
2002-05-27
53/2002

ARTICULO 1°) - Condónase la deuda en concepto de tributos municipales, sus recargos e intereses, de corresponder, que hasta la sanción de esta Ordenanza, recaigan en relación a los inmuebles y las instituciones indicadas en el Inciso d) del Artículo 138°, de la Ordenanza 2274/93, que cumplan con los recaudos en él fijados.
ARTICULO 2°) - Los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza por lo conceptos y los inmuebles indicados en el Artículo anterior y por personas físicas o jurídicas distintas a las en él indicadas, se consideran firmes careciendo los interesados de derecho de repetición.
ARTICULO 3°) - El Departamento Ejecutivo dictará las normas complementarias que considere necesarias, en especial establecer plazos, recaudos y procedimientos para el acogimiento de las instituciones o entidades que estén habilitadas para recibir el beneficio correspondiente, a los fines de la aplicación de la presente norma.
ARTICULO 4°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Mario César Farace - Secretario Legislativo - Dra. Gloria Mabel Argañaraz - Presidente
 

Mesa de Entrada

Buscar

Legislación Municipal

Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo  -  Buenos Aires  -  Argentina   -   Teléfono (02345) 462729  -  Email: hcd25@yahoo.com.ar            Producido por Karma Web