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Ordenanza Nº 2862/2006 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2862/2006
1
2006-07-10
63/2006

ARTÍCULO 1º.- Convalídase el Convenio de Recíproca Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Veinticinco de Mayo, en virtud de lo establecido en los Artículos 193º, 194º y 195º de la Ley 12.256 -Código de Ejecución Penal de la Provincia de Buenos Aires- de recíproca colaboración, incorporando al Municipio de Veinticinco de Mayo a la Red Provincial de Prevención del Delito y Reiterancia Delictiva, con sus cláusulas y condiciones, el que se agrega como Anexo I y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Ernesto Raúl Ibarra - Secretario Legislativo - Mario Celerino Núñez - Presidente.
 

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