Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 26 de Septiembre de 2011
Artículo 1º: Increméntese el salario básico de los agentes municipales incorporados en la Carrera Médico-Hospitalaria de acuerdo a lo indicado en el Anexo I, a partir del 1º de octubre de 2011.
Artículo 2º: Modificase el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 3085/2011 el que quedará redactado de la siguiente forma, con efecto a partir del 1º de octubre de 2011.
“Artículo 3º: Fíjase en la suma de pesos dos mil trescientos catorce ($ 2314,00) el monto a abonar por guardia activa de 24 horas y en pesos un mil ciento cincuenta y siete ($ 1157,00) el monto a abonar por cada guardia activa de 12 horas en la Unidad de Terapia Intensiva, al personal destajista para cualquier día de la semana.”
Artículo 3º: Modificase el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 3065/2010 el que quedará redactado de la siguiente forma, con efecto a partir del 1 de octubre de 2011.
“Artículo 2º: Fíjase en la suma de pesos un mil cien ($ 1100,00) el monto a abonar por cada guardia de reemplazo activa de 24 horas y de pesos quinientos cincuenta ($ 550,00) el monto a abonar por cada guardia de reemplazo activa de 12 horas de cualquier especialidad para los días lunes a viernes y de pesos un mil trescientos ($ 1300,00) para las guardias de reemplazo activa de 12 horas para los días sábados, domingos y feriados, al personal de la Carrera Médico-Hospitalaria, según lo establecido como Anexo I que forma parte de la presente.” Artículo 4º: Modificase el Cálculo de Recursos y Presupuesto de gastos de la Municipalidad de 25 de Mayo, según lo establecido en el Anexo III que forma parte de la presente.
Artículo 5º: Modifíquese el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del Ente Descentralizado Hospital “Saturnino E. Unzué”, según lo establecido en el Anexo II que forma parte de la presente.
Ernesto Raúl Ibarra Secretario Legislativo H.C.D. 25 de Mayo
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Héctor Hugo Ambrosino Presidente H.C.D. 25 de Mayo |
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