gototopgototop
Ordenanza Preparatoria Imprimir Correo electrónico

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 09 de Noviembre de 2021

REF. EXPTE. Nº 161/2021

Artículo 1º:Autorizar la reprogramación de las deudas municipales generadas en el marco del Decreto N° 264/2020, por la suma de Pesos dieciséis millones cien mil ($ 16.100.000).

Artículo 2º:La reprogramación autorizada en el Artículo precedente tendrá las siguientes condiciones financieras:

a)   TOTAL DE LA DEUDA MUNICIPAL ALCANZADA:Pesos dieciséis millones cien mil ($16.100.000).

b)   PLAZO DE GRACIA: hasta el 1° de diciembre de 2021.

c)   PLAZO DE DEVOLUCIÓN, VALOR Y PERIODICIDAD DE LAS CUOTAS:de dieciocho (18) meses, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el mes de diciembre de 2021.

d)   MEDIO DE PAGO Y GARANTÍA:los recursos que le corresponda percibir a este Municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos establecido por la Ley Nº 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo sustituya o reemplace.

Artículo 3º:Aféctense, en favor de la Provincia de Buenos Aires, los recursos que le corresponda percibir a este Municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos establecido por la Ley Nº 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo reemplace, como medio de pago y garantía de la deuda reprogramada.

Artículo 4º:El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos futuros las Partidas necesarias para atender la cancelación total de la Reprogramación de Deudas Municipales generadas en el marco del Decreto N° 264/2020.

Artículo 5º:Gírese la presente y dese la intervención que corresponda a los organismos y/o las reparticiones Provinciales y/o Nacionales conforme lo establecido en la legislación vigente.

Artículo 6º:Se adjunta copia de la nota suscripta por el Intendente Municipal y enviada al Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, el día 8 de enero de 2021, acogiéndose de ese modo a la nueva reprogramación de deudas municipales generadas en el marco del Decreto Nº264/2020 instaurada por el Artículo N° 48 de la Ley Nº15.225 y la Resolución N° 4/2021 del Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Artículo 7º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

 

 

 

 

 

 

María José Zarza
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo
Cecilia Vanesa Pezzelatto
Presidenta
H.C.D. 25 de Mayo

 

 

Mesa de Entrada

Buscar

Legislación Municipal

Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo  -  Buenos Aires  -  Argentina   -   Teléfono (02345) 462729  -  Email: hcd25@yahoo.com.ar            Producido por Karma Web