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Ref Expediente |
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Vistos los antecedentes de sanciones recaídas sobre solicitudes similares, a la presentada por el Jefe del Distrito local de la Dirección General de Impuestos a los Réditos, basadas siempre en el firme propósito de no sentar precedentes, el Honorable Concejo Deliberante, resuelve, no hacer lugar a su solicitud de rebaja de la Tarifa del Alumbrado particular, presentada a consideración de este Cuerpo.
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O.A. De Lucca - Secretario Legislativo - Luis Tobío - Presidente
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