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Artículo 1°: Acuérdase a la Sociedad Rural una medalla de oro y otra de plata, para ser adjudicada como premio en la décima Exposición de Ganadería, Agricultura, Industrias, Producto de Granja y Concursos de Ganado gordo y Equinos, que tiene organizada para el día 23 de septiembre próximo. Artículo 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo para que disponga la confección de las medallas, pudiendo invertir para ello la suma de Cien pesos m/n de c/l. que se imputará al inciso 12° ítem 1° del Presupuesto de Gastos en vigencia. Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Artículo 4°: Dada y firmada en la Sala de Sesiones Públicas del Honorable Concejo Deliberante a los diez y seis días del mes de julio del año mil nuevecientos treinta y mueve.
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O. A. De Lucca - Secretario Legislativo - Luis Tobío - Presidente
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