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Artículo 1°: Apruébase en todas sus partes la Minuta de Comunicación que es autor el señor Concejal Mario A. Grau y el dictámen de la Comisión. Artículo 2°: Dirigir nota a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación con transcripción de la Minuta y de esta resolución. Artículo 3°: Dada y firmada en la Sala de Sesiones Públicas del Honorable Concejo Deliberante a dieciséis días del mes de octubre de 1948.
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Amador S. Loza - Secretario - José L. Picerno - Vicepresidente
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