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Ref Expediente |
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185/2005
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ARTÍCULO 1º.- Se sugiere al Departamento Ejecutivo que en la medida que considere, designe profesores en el interior del Distrito para que enseñen las danzas folklóricas en el lugar que designe, sin cobrar ningún tipo de arancel. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese a la Dirección de Cultura de la Municipalidad de 25 de Mayo y al Departamento Ejecutivo a sus efectos
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Sergio Tuya - Secretario Legislativo - Hugo Néstor Melián - Presidente
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