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Comunicación N° 26/2010 Imprimir Correo electrónico

Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 12 de Octubre de 2010


Artículo 1º. Solicitar al Departamento Ejecutivo y a las autoridades del Hospital “Saturnino E. Unzué”, que en el plazo máximo de sesenta (60) días, informen las razones por la que el Consejo de Administración del “Ente Descentralizado Hospital Saturnino E. Unzué”, no se encuentra debidamente integrado y funcionando en los términos del Artículo 7º y concordantes de la Ordenanza Nº 2404.

Artículo 2º. Los “Vistos y Considerandos”, forman parte de la presente.

Artículo 3º. Comuníquese, Regístrese y Archívese.

 

VISTO:

Que la Ordenanza Nº 2404, de creación del “Ente Descentralizado Hospital Saturnino E. Unzué”, en su Artículo 7° establece que: “... La función directiva del Ente estará a cargo de un Consejo de Administración integrado por (7) siete miembros, a saber: el Director del Hospital Saturnino E. Unzué, el Contador del Ente, cuya designación deberá recaer en un profesional de las ciencias económicas, un vecino propuesto por el Honorable Concejo Deliberante, un representante del Cuerpo Profesional, el Director del Hospital de Norberto de la Riestra y un representante de la Comisión Asesora, quienes permanecerán en sus cargos hasta el fin del ejercicio económico pudiendo ser reelectos. El Consejo de Administración estará presidido por el Director del Hospital "Saturnino E. Unzué" que integra el Ente y deberá regirse para sus decisiones y demás actos por las normas determinadas en el Estatuto integrante de la presente Ordenanza. El representante de los profesionales, no profesionales y el de la Comisión Asesora serán destinados por las respectivas organizaciones que representen. Todos ellos deberán tener acuerdo del Honorable Concejo Deliberante. El vecino será propuesto y nombrado por el Cuerpo Deliberativo. Los Directores de los Hospitales y el Contador del Ente serán designados por el Intendente Municipal sin intervención del Honorable Concejo Deliberante. Las Junciones de los miembros del Consejo de Administración no será remunerada, salvo el Contador ...” y

 

CONSIDERANDO:

Que pese a la vigencia de la presente Ordenanza, en la práctica se aprecia que la Dirección del “Ente Descentralizado Hospital Saturnino E. Unzué”, no cuenta con la integración y funcionamiento del referido cuerpo colegiado.

Que la importancia y trascendencia de las decisiones a cargo del Ente descentralizado son de tal significación, que resulta imprescindible que se proceda a designar y/o a individualizar y esclarecer sin margen de error, el nombre de las personas a cargo de tales responsabilidades, en un todo de acuerdo con las normas que regulan la cuestión.

 

Ernesto Raúl Ibarra
Secretario Legislativo
H.C.D. 25 de Mayo
Héctor Hugo Ambrosino
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo
 

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