Código |
Tipo |
Fecha |
Ref Expediente |
Cuerpo |
Firma |
|
1
|
|
|
ARTICULO 1°: Créase una Subdelegación Municipal con asiento en la localidad de Ernestina, a cargo de la Delegación Municipal de Pedernales, en este Distrito de Veinticinco de Mayo. ARTICULO 2°: La Sub-delegación Municipal antedicha no contará con partidas presupuestarias propias, sino que deberá constituir su dotación con el aporte de la delegación Municipal de Pedernales y la colaboración de las Instituciones de interés comunitario de la zona. ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para que, en un término de 90 días, reglamente y ponga en práctica lo preceptuado por la presente Ordenanza. ARTICULO 4°: Cúmplase, regístrese, archívese.
|
Cirilo M. Gómez - Secretario - Rodolfo E. Pérez Azumendi - Presidente.
|
|