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Ref Expediente |
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1
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131/1992
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ARTICULO 1°: Convalídase el convenio firmado entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, representado por su Administrador General Arq. Marcela Bianchi Silvestre, por una parte, y la Municipalidad de 25 de Mayo representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Miguel Angel Di Salvo por la otra, denominado "SOLIDARIDAD", por el cual aquel se compromete a prestar la asistencia financera a ésta, de pesos Un Millón Cuarenta y Cuatro mil ($ 1.044.000), para la construcción de 72 módulos de vivienda completa a construirse en la Ciudad de 25 de Mayo, de un mínimo de 52 m2 cubiertos, el que se agrega como anexo único y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 2°: El Departamento Ejecutivo deberá prever en los futuros presupuestos, aquellas partidas necesarias para atender los servicios de amortización de reintegro del préstamo hasta su cancelación. ARTICULO 3°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones, imputaciones, y/o adecuaciones que sean menester para el cumplimiento de la presente. ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Oscar Atilio Baquini - Secretario Legislativo - Carlos Emilio Mosconi - Presidente.
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