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Ref Expediente |
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1
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66/1992
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ARTICULO 1°: Convalídase el Convenio firmado entre la Municipalidad de Veinticinco de Mayo, reresentada en ese acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Miguel Angel Di Salvo y la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, representada pr su Administrador General, Ing. Raúl G. Arias Saisi, sobre la base de la Ley N° 10.193/84 y Decreto N° 6171/84, por el cual este Municipio se compromete a realizar por sí o por intermedio de terceros, bajo su exclusiva cuenta y responsabilidad, trabajos de conservación de caminos de tierra de la red provincial el que se agrega como anexo único y pasa a formar parte integrante de la presente ordenanza. ARTICULO 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las imputaciones, modificaciones y/o adecuaciones presupuestarias que sean menester y prever en Presupuestos futuros, las partidas necesarias para tal fin. ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Oscar Atilio Baquini - Secretario Legislativo - Carlos Emilio Mosconi - Presidente.
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