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Ordenanza Nº 2157/1992 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2157/1992
1
1992-04-13
19/1992

ARTICULO 1°: El Departamento Ejecutivo brindará servicios gratuitos de sepelios a toda persona indigente.
La petición deberá ser efectuada por los familiares del difunto, o por la autoridad Policial, Judicial o Municipal que tome conocimiento del hecho.
ARTICULO 2°: El Carácter de indigente estará determinado por el informe ambiental - proveído por personal especializado de la Secretaría de Acción Social, Hospital S. E. Unzué, Hospital de Norberto de la Riestra y/o delegación Municipal de esa localidad.
ARTICULO 3°: Con el informe precedente y el certificado de defunción, la Secretaría de Acción Social autorizará la realización del sepelio.
ARTICULO 4°: El servicio a cargo del Municipio comprenderá lo siguiente:
a) Provisión sin cargo de un ataúd plano para tierra.
b) Provisión sin cargo y por un término de 20 años de un lote de sepultura en el Cementerio del lugar.
ARTICULO 5°: El indigente fallecido deberá ser trasladado a los siguientes lugares de centralización: Hospital S.E.Unzué, Hospital de Norberto de la Riestra, o Cementerio de la Localidad de Del Valle, donde se dejará en depósito en la morgue durante 24 horas para días laborables y 48 horas para días no laborables.
a) Para el caso que el difunto cuente con familiares que deseen efectuar el acto religioso, éstos deberán tratar con el Ministerio de Culto que profesen.
ARTICULO 6°: El traslado se efectuará en vehículos municipales adecuados.
ARTICULO 7°: A efectos de preparar la fosa correspondiente será avisado el encargado del cementerio respectivo por personal del Hospital S. E. Unzué, Hospital de Norberto de la Riestra o Delegación de Del Valle según corresponda.
ARTICULO 8°: Impútese el gasto que origine el cumplimiento de la presente Ordenanza a la siguiente partida del Presupuesto de erogaciones en vigor: Finalidad 5 Acción Social - Item 1 - 1.3.2. Subsidios a Indigentes.
ARTICULO 9°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Oscar Atilio Baquini - Secretario Legislativo - Carlos Emilio Mosconi - Presidente.
 

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