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Ref Expediente |
Cuerpo |
Firma |
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1
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126/2001
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ARTICULO 1°) - Acéptase la donación efectuada a la Municipalidad por el Señor Intendente Municipal equivalente al 50% de su remuneración salarial, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 125° y dentro del marco del Artículo 57° de la Ley Orgánica de las Municipalidades. ARTICULO 2°) - Dicho ingreso será imputado a la partida 1.1.2.04. "INGRESOS VARIOS". ARTICULO 3°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Arq. Luis Arturo Fallet - Secretario Legislativo - Dr. Guillermo Horacio Faviano - Presidente
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