Sesión Pública Ordinaria de celebrada el día 29 de Noviembre de 2011
Artículo 1º: El Departamento Ejecutivo deberá pagarles a los empleados de planta temporaria, las asignaciones familiares y la ayuda escolar por hijo, en la misma forma; oportunidad y cuantía en que les abona dichos conceptos a los empleados de planta permanente.
Artículo 2º: A fin de garantizar el cumplimiento de las previsiones establecidas en el Artículo precedente, el Departamento Ejecutivo deberá diagramar el “Presupuesto de Gastos y Recursos” de cada año, efectuando las previsiones que resulten menester.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Luis Mario Fossati
Secretario Legislativo
H.C.D. 25 de Mayo |
Héctor Hugo Ambrosino
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo |
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