Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 24 de Agosto de 2015
REF. EXPTE. Nº 65/2015
Artículo 1º:Solicita al Departamento Ejecutivo Municipal cumpla con la normativa vigente en materia de visibilidad y transparencia del gasto público implementando la Ordenanza Nº 3067/2010 (Plazo Vencido)y Resolución AG 449-11del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2º:Los Vistos y Considerandos forman parte de la presente Resolución.
Artículo 3º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
VISTO:
La escases o inexistencia de información de manera rápida y eficiente en temas como visibilidad financiera, contable, licitaciones públicas y privadas, por parte del Ejecutivo Municipal, de fácil y rápido acceso para los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que los estándares internacionales en materia de trasparencia fiscal hacen hincapié en la importancia de que existe libre acceso a la información en el sector público poniéndola a disposición de la ciudadanía en sitios de internet, portales, folletería, etc.
Que la trasparencia gubernamental es sumamente importante en todo nivel de gobierno, pero es en el ámbito local donde adquiere mayor importancia por la cercanía existente entre el ciudadano, vecino y los decisores de políticas económicas.
Que en materia de visibilidad y trasparencia de las cuentas, gastos y adjudicaciones públicas municipales hay abundante legislación, como:
· Resolución AG 449-11del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires:” ARTÍCULO SEGUNDO: Los libros y la documentación probatoria de la rendición de cuentas quedarán en custodia en el Departamento Ejecutivo y a disposición del Honorable Concejo Deliberante. Asimismo, el Departamento Ejecutivo deberá habilitar al Honorable Concejo Deliberante, mediante la asignación de usuarios y claves respectivas, el acceso al sistema informático RAFAM para que, con carácter exclusivo de consulta, pueda disponer de toda la información contenida en él, a efectos del análisis de la rendición presentada”.
· Ordenanza Nº 3067/2010: que establece un plazo de 60 días para el cumplimiento de lo allí establecido, votada por unanimidad de los Concejales presentes.
Que transmitir información financiera actualizada, los actos administrativos, presupuesto, ejecución presupuestaria, deuda pública, licitaciones públicas y privadas, normativa tributaria, boletín municipal, planta de personal, su publicación crea vínculo con la ciudadanía y trasparentan los gastos de gobierno.
José Luis Canullán
Secretario Legislativo
H.C.D. 25 de Mayo |
Roberto Alejandro Freccero
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo |
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