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Ref Expediente |
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1
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ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo del Partido de 25 de Mayo a suscribir un convenio con el Ministerio de Acción Social de la Provincia de Buenos Aires, que tendrá por objeto en su ejecución posibilitar el acceso a las prácticas recreativas y gimnásticas deportivas a los distintos sectores de la comunidad,a cuyos efectos, y dentro del marco del convenio a firmarse, se creará oportunamente una Escuela Municipal de Deportes, Recreación y Tiempo Libre, que funcionará durante la vigencia del mismo y/o sus ampliaciones, en un todo de acuerdo al convenio tipo que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza. ARTICULO 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a crear oportunamente las correspondientes partidas en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, a los fines de la recepción de los fondos que para la implementación del Convenio haga llegar el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a través de los organismos correspondientes. ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. ARTICULO 4°: Cúmplase, regístrese, archívese.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Rodolfo E. Pérez Azumendi - Presidente.
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