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ARTICULO 1°: La Municipalidad del Partido de Veinticinco de Mayo se adhiere al régimen de Asignaciones de subsidio estatuido en el Decreto Provincial N° 284/83 para financiar las locaciones de servicios del personal contratado bajo las características y condiciones impuestas en el citado decreto en lo referente al régimen legal aplicable a la jornada legal de trabajo y el monto de dicha retribución. ARTICULO 2°: Ratifícase a los efectos contemplados en esta Ordenanza el Decreto Municipal N° 84/84. ARTICULO 3°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a formalizar los respectivos contratos por medio de Locación de Servicios con sujeción a lo establecido por el presente régimen de adhesión. ARTICULO 4°: Déjase constancia que la presente adhesión se realiza para la totalidad de los cargos que fueron afectados como cupo a este Municipio. ARTICULO 5°: Póngase la presente Ordenanza en conocimiento de la Dirección de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 6°: Cúmplase, regístrese, comuníquese, archívese.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Rodolfo E. Pérez Azumendi - Presidente.
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