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ARTICULO 1°: Fíjase en la suma de A 1.536.321,656 (Australes un millón quinientos treinta y seis mil trescientos veintiuno c/656/1000), el presupuesto de Erogaciones de Administración y Honorable Concejo Deliberante, que regirá para el Ejercicio Financiero Año 1985, de acuerdo al detalle que figura en las planillas obrantes a fojas 4 a 15, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. ARTICULO 2°: Estímase en la suma de A 1.536.321,656 (Australes un millon quinientos treinta y seis mil trescientos veintiuno c/656/1000), los Recursos destinados a la financiacion del Presupuesto general de Erogaciones, de acuerdo al detalle que figura en las planillas obrantes a fojas 2 a 3 de la presente Ordenanza. ARTICULO 3°: Apruébanse los Nomencladores de Recursos y Erogaciones que obran de fojas 16 a 29 y que integra la presente Ordenanza. ARTICULO 4°: Apruébase la Ordenanza Complementaria del Presupuesto que obra de fojas 30 a 31, y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. ARTICULO 5°: Cúmplase, regístrese, archívese.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Rodolfo E. Pérez Azumendi - Presidente.
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